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lunes, 20 de mayo de 2013

Todo lo que usted siempre quiso saber sobre Bitcoin


Por Javier Maestre (*) | Madrid
Mucho se está hablando últimamente sobre esta denominada "moneda virtual", y no pocos son los interrogantes que plantea. En el presente artículo intentaremos responder a algunas de estas cuestiones.

¿Quién y cuándo se inventó el bitcoin?

Pues, a ciencia cierta, no se sabe quien o quienes fueron sus creadores. El bitcoin fue diseñado en el año 2008 por una persona o grupo de personas que actuaban bajo el pseudónimo de 'Satoshi Nakamoto'. En el año 2009 fue cuando se creó la red y empezó a funcionar la "moneda".

¿Es realmente una moneda, al estilo del Dólar o el Euro?

No, el bitcoin no es una moneda al uso de las tradicionales. Cierto es que puede ser aceptado como medio de pago, como puede suceder con el oro o la sal, pero en verdad no es una moneda como tal, puesto que no hay ninguna autoridad que tome decisiones sobre su emisión y control, al menos de momento, puesto que las autoridades estadounidenses ya están planteando regular esta figura, mientras que a este lado del atlántico, hay un eurodiputado español que ha presentado una pregunta al respecto para ser respondida por la Comisión.

Entonces, si no es una moneda, ¿qué es?

En los términos y condiciones de uso de una de las empresas que venden bitcoins, los definen como 'internet commodity'. Es decir, un bien o artículo de Internet. A este bien, además, se le pone el apellido de "Peer-toPeer" con el que se indica que desarrolla su existencia en el ámbito de las redes P2P.

Por establecer una analogía fácilmente entendible, los bitcoins se parecen a los nombres de dominio, en el sentido de que son algo que no se puede tocar, creado con ocasión de Internet y su tecnología, susceptible de valer un precio, es decir, susceptible de que alguien puede llegar a pagar dinero (tradicional) para hacerse con ellos.

Y por otro lado, también guarda similitudes con bienes tangibles, como el oro o la sal, que, sin ser actualmente moneda de curso legal, pueden utilizarse (como de hecho ha sucedido en épocas pasadas) como instrumento o medio de pago en transacciones de bienes y servicios.

En este sentido es muy ilustrativo el episodio 13 de la temporada tercera de la serie 'The good wife' que trata el tema con un rigor realmente impropio para el medio. Recomiendo ver este capítulo a todo el que pretenda aprender sobre el bitcoin y a la vez entretenerse. En la trama, el Tesoro estadounidense pretende que un abogado, que actúa supuestamente en nombre del creador de bitcoin, revele la identidad de su cliente, a lo que el abogado se niega. Por ello, el procedimiento se dirige contra él (como sucede con las multas de tráfico si no se identifica al conductor, que van al dueño del vehículo), al considerar el Tesoro público que el bitcoin supone la creación de una divisa violentando el monopolio público al respecto, mientras que la defensa consideraba que el bitcoin no era una divisa sino un bien ordinario. Finalmente, el juez considera que el bitcoin sí es una divisa, pero el abogado acusado sale absuelto al no poderse probar que él sea realmente el creador de la "moneda".

Bueno, pero entonces, ¿es legal el bitcoin?

Podemos decir que, de momento, sí. No obstante, hay que tener en cuenta que el bitcoin es una herramienta y que, como tal, no es ni buena ni mala, todo depende de lo que hagamos con ella, como un cuchillo. Tenerlo para cortar el pan no es delito, pero tenerlo y portarlo para segar la yugular al vecino, en cambio, sí puede llegar a serlo. Tener el bitcoin por sí mismo, no es ningún ilícito, pero tampoco puedo usar el bitcoin, -¿o sí?- para esconder las ganancias de actividades ilícitas.

¿Y cómo se pueden conseguir bitcoins?

Hay varias maneras por las que nos podemos hacer con bitcoins. Lo primero que tenemos que hacer es crearnos un "monedero" de bitcoins donde guardar nuestras monedas virtuales. Si queréis empezar a usar ya la "moneda", podéis ir a http://blockchain.info/ y en poco tiempo y de forma fácil, abrir una cuenta para crear un monedero electrónico y empezar a poder hacer transacciones con Bitcoins.

Una vez que se ha creado el "monedero" es el momento de llenarlo de bitcoins y para ello hay diversas posibilidades. Al monedero se le asigna una especie de dirección o identificador único, de forma que cualquiera que tenga bitcoins en su monedero puede transferirlos al nuestro. En la práctica es como si te dan monedas en efectivo.
También hay empresas que pagan bitcoins por determinadas acciones que haga el usuario, como ver publicidad o participar en la generación de bitcoins mediante la denominada 'minería'.

Soy minerooooo.... y yo sin saberlo

Con los bitcoins está al alcance de la mano cantar con propiedad la popular tonadilla española. Pero hay que tener cuidado, pues ya circulan por ahí numerosos troyanos que lo que hacen es dedicar los recursos del ordenador infectado a hacer minería de bitcoins pero por cuenta de quien introduce el virus en el equipo, así que si observa que su ordenador va más lento de la cuenta y que se están consumiendo muchos recursos, puede que se encuentre sin saberlo generando bitcoins para otros.

¿Son anónimas las transacciones de bitcoins?

En principio sí. Son tan anónimas como puede ser el dinero en efectivo o los intercambios de cromos. Sobre todo si utilizamos para efectuar las transacciones un cliente que se ejecute en nuestro ordenador, en vez de utilizar unos servicios web para ello.

Entonces, ¿Hacienda no se entera de lo que hago con mis bitcoins?

Si dos personas, por poner un caso, intercambian unas pocas lechugas por unos kilos de patatas, lo normal es que Hacienda no se entere, pero si abro un establecimiento al público para cambiar las lechugas por las patatas, no es de extrañar que al final alguna Administración Pública me pida explicaciones.
En principio, la entrega de bitcoins puede llegar a ser tan anónima como si se tratara de efectivo, pero eso no quiere decir, al igual que sucede con el efectivo, que esas operaciones estén exentas de tributación. Otra cosa es que Hacienda se entere de esas transacciones.

Y si hago un trabajo que cobro en bitcoins, ¿tengo que hacer factura con IVA? ¿Puedo pagar a Hacienda con los bitcoins que recibo?

La Ley establece que deberán pagar IVA las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional. Por tanto, si, por ejemplo, un programador 'freelance' decide aceptar un trabajo por el que se le va a pagar en bitcoins deberá hacer una factura por la prestación de ese servicio.

El problema es que a Hacienda no se le puede pagar en bitcoins. Recuerdo cuando empezaba a ejercer de abogado el problema que tuvimos en una ocasión con unos clientes que participaban de diversa forma en una operación inmobiliaria compleja, donde al final cada uno recibía una serie de inmuebles por su participación y trabajo.

La cosa es que ninguno quería poner dinero (todo se hacía con los inmuebles) pero la operación devengaba IVA y teníamos que explicar a los clientes que a Hacienda no se le puede pagar con parcelas, alguien tenía que poner dinero encima de la mesa.

Con los bitcoins sucede algo parecido, de forma análoga a si trabajamos con alguien que nos paga en moneda extranjera, donde la operativa está prevista en la normativa contable. Podrá discutirse el importe por el que tenemos que hacer la factura y, por tanto, lo que tenemos que ingresar a Hacienda en concepto de IVA, pero la factura hay que hacerla.

jueves, 16 de mayo de 2013

Diez detenidos, la mitad menores, por difundir pornografía infantil en la red




Efe. Madrid.


La Policía Nacional ha detenido a diez personas, cinco de ellas menores de edad, por distribuir vídeos pornográficos con adolescentes de 12 a 15 años a través de Internet y aplicaciones de telefonía móvil.


En Castellón se han llevado a cabo nueve de las detenciones, cinco de ellas de menores de edad, y en Cádiz, la décima, según un comunicado de la Policía.


El pasado mes de abril fue arrestado en Mahón un menor por producir una de las grabaciones distribuidas y fue identificado otro, de 13 años, como autor de un segundo vídeo.


Otro menor de 16 años, que aparecía en la segunda de las grabaciones, también fue detenido como presunto autor de una agresión sexual a una niña de 13 años.


El pasado 6 de abril la madre de un menor denunció en la Comisaría de la Policía Nacional de Mahón la distribución a través de una aplicación de mensajería instantánea de un vídeo de carácter sexual en el que aparecían varios menores, entre ellos su propio hijo.


De forma paralela, el Grupo de Redes Sociales de la Policía recibió multitud de comunicados de internautas a través del perfil de Twitter de @policia, que alertaban de la distribución de esta grabación.


Días después, mientras se investigaba el primer vídeo, los investigadores tuvieron conocimiento de la difusión de otro de características similares, en el que los agentes apreciaron además que una menor podía haber sido víctima de una agresión sexual.


Por estos hechos fueron arrestados dos menores, uno por producir una de las grabaciones y otro como presunto autor de una agresión sexual, mientras que otro menor, de 13 años, fue identificado como autor del segundo vídeo.


Estos vídeos adquirieron una especial trascendencia en la red en un breve espacio de tiempo, a lo que contribuyó la aparición días antes de una grabación similar hecha en Cádiz que llegó a ser "trending topic" (el asunto más visto) en la red social Twitter.


Ante esta situación, la Brigada de Investigación Tecnológica trabajó con los proveedores de contenidos para retirar estos vídeos y salvaguardar los derechos de las víctimas.


Aunque la presencia en Internet se redujo de forma significativa, la mayor parte de la distribución se realizó a través de programas de mensajería instantánea telefónica.


Debido a que estos hechos constituyen delitos de tenencia y distribución de pornografía infantil, comenzaron las investigaciones para localizar a los responsables.


Las pesquisas condujeron hasta un hombre en la provincia de Cádiz, que fue arrestado por colgar uno de estos vídeos en Twitter junto con un comentario jocoso.


En Castellón, una ciudadana presentó una denuncia al recibir uno de esos vídeos por mensajería instantánea telefónica.


A través de la información contenida en teléfonos móviles, se pudo seguir una cadena de distribución de este material pornográfico infantil.


Este rastreo permitió identificar a nueve personas, cinco de ellas menores, que fueron arrestados como presuntas autoras de un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil.


La Policía Nacional recuerda que producir, vender, distribuir, exhibir, ofrecer, poseer o facilitar por cualquier medio material pornográfico, en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad, es delito.


Entre otros consejos, la Policía insta a los menores a tener especial cuidado con las fotos, vídeos y contenidos que comparten por Internet y les traslada que compartir fotos de carácter erótico es un error que puede ocasionar situaciones de chantaje o acoso.


A los padres les recomienda que creen un clima de confianza con sus hijos, que les den pautas para el uso correcto de las redes sociales, que utilicen programas para filtrar determinados contenidos y que les adviertan de los riesgos de intimar con desconocidos por la red.


Enlace articulo original: http://www.larazon.es/detalle_normal/noticias/2266627/sociedad/diez-detenidos-la-mitad-menores-por-difundir

jueves, 9 de mayo de 2013

Nueva batalla perdida contra las páginas de enlaces: la calificación por edades


Por Javier Maestre | Madrid
La industria de los intermediarios del mercado de la propiedad intelectual, desde hace años, mantiene una guerra abierta contra las denominadas 'páginas de enlaces', que se ha desarrollado en diversos frentes y que todavía sigue viva. La última batalla de esta guerra se ha saldado, como la mayoría, con la derrota de la industria.

En un primer momento, las acciones que se dirigían contra estas páginas se desarrollaron en el ámbito del Derecho Penal. Así, el primer caso del que hubo constancia pública fue el relativo a la página donkeymania.com, denunciada en el año 2002, cerrada de forma cautelar en el 2003, cuyos responsables tuvieron que esperar hasta el año 2011, para conseguir el archivo definitivo del caso.

La mayoría de los pleitos que se han seguido en el ámbito penal han arrojado un resultado contrario a las tesis de los denunciantes, y aún quedan asuntos pendientes de resolver en esta jurisdicción.

Pero los enemigos de estas iniciativas, ante el resultado infructuoso de las acciones penales, exploraron otras vías por las que atacar. Así, tampoco han sido infrecuentes las denuncias por el incumplimiento de la LSSICE, particularmente, por no proporcionar toda la información requerida por el artículo 10 de la Ley. Así, se han visto casos en los que se han sancionado a estas páginas por no publicar, por ejemplo, un nº de teléfono de contacto, mientras que los denunciantes, que incumplían claramente dicho precepto, no eran objeto de expedientes sancionadores.

Luego llegó la Ley Sinde, que dio lugar también a numerosos procedimientos. La inmensa mayoría acabaron en archivo, alguno que otro que acabó con resolución ha sido recurrido ante la Audiencia Nacional y, en cualquier caso, hay una práctica unanimidad en que esta Ley no ha servido para nada y es totalmente ineficaz.

Como en toda guerra, hay batallas que se libran en campo abierto, pero muchas otras se hacen por vías alternativas. En el acoso y derribo que se ha intentado frente a estas páginas, hay algunas que, como Cinetube.es, han tenido que soportar todos y cada uno de los frentes anteriores, con resultados satisfactorios, especialmente en el ámbito penal.

Ante esta situación, el último intento de sus enemigos por hacerle daño fue denunciar a la página -ojo al dato- por no indicar la calificación por edades de las películas u obras audiovisuales sobre las que se proporcionaba información. Una normativa pensada para la publicidad de las salas de cine se retorcía hasta lo indecible con el claro objetivo de censurar las páginas de enlaces.

Como en anteriores ocasiones, Cinetube no se amilanó. Recurrió en vía administrativa, fueron desestimadas sus alegaciones, y tuvo que pagar la multa para poder recurrir. El derecho administrativo es así: otorga facultades exorbitantes a la Administración pública, incluso cuando ésta incurre en desvío de poder.

En una reciente sentencia (PDF), que marcará la pauta para otros casos que están pendientes de resolverse, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 7 de Madrid estima el recurso presentado por Cinetube y, en síntesis y sin entrar en tecnicismos legales, declara que la obligación de indicar la calificación por edades de las obras audiovisuales no se puede exigir a este tipo de páginas.

El 'lobby feroz' no se cansa. Cuando pierden en vía penal, acuden a la civil, y si les dejan, a la vía administrativa. Cuando los jueces no les dan la razón, presionan a los gobiernos para que cambien las leyes y quiten a los jueces. Esperemos que la próxima batalla en esta larga guerra no sea ante la jurisdicción militar.
Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2013/05/08/navegante/1368011644.html

jueves, 2 de mayo de 2013

Facebook se adapta al móvil, pero no cumple las expectativas


  • Mark Zuckerberg destacó el 'progreso' en el primer periodo del año
  • Instagram alcanzó la cifra de 100 millones de usuarios activos
Pablo Pardo | Washington
La mayor red social del mundo, Facebook, ya obtiene el 30% de su facturación publicitaria de anuncios destinados a ser presentados en teléfonos móviles. Es una cifra que es 7 puntos mayor que la del último trimestre de 2012, y que supera claramente las expectativas del mercado. Eso parece demostrar que esa empresa está realizando con éxito su adaptación al mercado de la telefonía móvil.

Es un cambio trascendental, por la sencilla tazón de que en las tabletas y, sobre todo, en los móviles, las pantallas son mucho más pequeñas y es más difícil ver la publicidad. Y es también clave para que las empresas de Internet sigan creciendo. Entre enero y febrero, el número de usuarios que acceden a Facebook por el móvil creció en 71 millones, hasta alcanzar los 751 millones. En total, la red social cuenta con 1.110 millones de personas con cuentas en ella.

Sin embargo, los beneficios de Facebook han decepcionado. En el primer trimestre del año, la empresa ganó 219 millones de dólares (166 millones de euros), magro 6,8% superior a los 205 millones de dólares del mismo periodo de 2012. En cuanto a beneficios por acción, que es lo que preocupa a Wall Street, Facebook ganó 12 centavos de dólar por título. De nuevo, lo mismo que hace un año. Pero un centavo menos (o sea, un 7,7% menos) que lo esperado por los inversores.

Facebook, así pues, tiene un margen de beneficio menor que hace un año, porque ahora sus ingresos han sido de 1.460 millones de dólares, un 38% más que hace un año. Sin embargo, la empresa fundada y dirigida por Mark Zuckerberg puede presumir de que, incluso en los mercados más maduros -como EEUU y Canadá- el número de usuarios sigue creciendo, al contrario de lo pronosticado por algunos pesimistas. Eso sí, de nuevo, la rentabilidad por usuario en esos mercados ha caído.

Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2013/05/01/navegante/1367443496.html

miércoles, 1 de mayo de 2013

Telefónica inaugura en Alcalá de Henares uno de los mayores centros de datos


  • 'Soy optimista, soy de los que cree que lo peor ha pasado', afirma César Alierta
Pedro Blasco | Agencias | Madrid
El presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, y el presidente de Telefónica, César Alierta, han inaugurado la primera fase del nuevo Centro de Procesamiento de Datos de Telefónica, situado en el Parque Tecnológico Tecnoalcalá, en Alcalá de Henares.
"Soy optimista, soy de los que cree que lo peor ha pasado", afirmó Alierta en el nuevo Alcalá Data Center, un complejo de proceso de datos de la compañía Telefónica.
La empresa ha invertido hasta la fecha 120 millones de euros y tiene previsto alcanzar los 300 millones de euros en los próximos años.
El operador quiere que el nuevo centro de datos "se convierta en un referente mundial y tendrá como objetivo liderar la transformación de la empresa para convertirse en una de las compañías líderes en el entorno del nuevo mundo digital".
Cuando finalice por completo, el nuevo centro de Alcalá de Henares tendrá 23 salas de tecnología de la información y una superficie construida de 65.700 metros cuadrados, lo que es un equivalente a 8 campos de fútbol. Consume una potencia energética equivalente al consumo de 40.000 hogares. No obstante, según Telefónica, "los sistemas eléctricos y de climatización consiguen un PUE (unidad de medida de eficiencia energética) de 1,3, frente a la media de 2,4 actual de las instalaciones".
El diseño de este centro garantiza una fiabilidad del 99,995% anual, dado que cuenta con la certificación Tier IV del Uptime Institute, que avala el nivel más alto de tolerancia a fallos. En conjunto, el centro tiene una capacidad de procesamiento equivalente a 35 millones de portátiles de última generación.
Alcalá Data Center ha sido edificado por Ferrovial y Master Ingeniería, con el asesoramiento tecnológico de Digital Realty y según una nota de la compañía "abarcará la gama completa de servicios TIC desde el alojamiento, infraestructuras y 'cloud computing' hasta el 'outsourcing' total de los aplicativos del cliente".
De hecho, dará servicio a la compañía para Europa y alojará las plataformas de los clientes y las de Telefónica en España, Reino Unido, Alemania y República Checa. Alcala Data Center se suma a sus cinco Data Centers Gestionados en España y los recientemente inaugurados en Brasil, Miami y México.
La seguridad física de las instalaciones se protege mediante un doble anillo perimetral con acceso controlado por acreditación.
Enlace articulo original:
http://www.elmundo.es/elmundo/2013/04/30/navegante/1367304168.html