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viernes, 15 de marzo de 2013

La inminente reforma de la LPI plantea una guerra abierta contra los enlaces a descargas


  • Ibercrea filtra un texto completo 'extraoficial' de borrador de la normativa
  • De aprobarse, aumentaría el control sobre las entidades de gestión de derechos
  • Cultura asegura que el texto pasará por un periodo de información pública
Pablo Romero | Madrid
Una nueva filtración de un borrador del anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (PDF), que llegará al Consejo de Ministros presumiblemente la semana próxima, plantea nuevas medidas para agilizar y reforzar el funcionamiento de la Comisión de la Propiedad Intelectual (CPI) de la Secretaría de Estado de Cultura, especialmente la Sección Segunda, conocida como 'Comisión Sinde'. Entre ellas, la obligación para las 'telecos' de identificar a los usuarios a petición de un juez contencioso administrativo, o medidas para 'asfixiar' económicamente a las páginas de enlaces a descargas.

La Sección Segunda de la CPI es la encargada de notificar y en su caso bloquear enlaces o sitios web de enlaces a descargas no autorizadas, previa autorización judicial. No obstante, tras un año de funcionamiento tras la entrada en vigor de las reformas previstas en la llamada 'Ley Sinde', su efectividad ha sido limitada.

Una de las medidas más destacables para 'solucionar' este atasco que recoge este texto, publicado por la entidad Ibercrea (que aglutina a las principales entidades de gestión), es la obligación que establece para los prestadores de Internet de identificar a los infractores -a través de una dirección IP, nombre de dominio, dirección de Internet o dato similar- a petición de la Sección Segunda de la CPI.
Para ello, se plantea una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, concretamente del apartado 1 del artículo 256, en el que se incluiría un décimo punto en el que se capacita al juez para pedir la identificación del supuesto infractor a 'telecos' y empresas de pagos y publicidad cuando "concurran indicios razonables de que esté poniendo a disposición o difundiendo a gran escala, de forma directa o indirecta, a través de cualquier enlace o redireccionamiento, contenidos" protegidos por derechos de autor.

Hasta el momento, dicha identificación se producía de este modo sólo para perseguir los delitos más graves; de esta manera, un juez de los contencioso-administrativo podrá, de prosperar la reforma, solicitar esa identificación en el caso de que exista un indicio de vulneración de la propiedad intelectual en la Red.
La Sección Segunda podrá pedir la identificación del infractor al juez para, posteriormente y si ese infractor no retira los enlaces a los contenidos 'piratas', bloquear el acceso a esos enlaces, con un nuevo permiso del juez. La idea de estas modificaciones es agilizar el proceso, que se alargaba notablemente.
Tal y como adelantaba la periodista Pilar Portero hace unas horas, "en las últimas versiones del texto también había una modificación del artículo 270 del Código Penal para armonizarlo con la nueva ley, pero parece ser que ha desaparecido de la que se aprobará en el Consejo de Ministros".

Según el abogado especializado Carlos Sánchez Almeida, este proyecto "supone una agresión sin precedentes a la libertad de expresión, y aún más, a la libertad de producción y creación literaria, artística, científica y técnica garantizada por el artículo 20 de la Constitución". "Más allá de la regulación de la comisión de censura", añade el abogado, " se pretende someter a un asfixiante control administrativo toda la actividad artística, y en particular la libre asociación de los autores y creadores".

Google se libra

Otras de las medidas resaltables del proyecto es que la Sección Segunda podrá actual contra los sitios web que "vulneren directamente los derechos de propiedad intelectual" y, subsidiariamente, contra quienes participen en la vulneración de forma "significativa considerando su nivel de de audiencia en España" y cuya "actividad principal sea la de facilitar de manera específica y masiva la localización de obras".
Los motores de búsquedas, y notablemente Google, no podrán en principio ser sancionables por esta vía ya que la actividad perseguida debe ser "activa, específica y no neutral" -"en particular ofreciendo listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras"- y "que no se limite a desarrollar actividades de mera intermediación técnica".

Es decir, tal y como se explica en la exposición de motivos, "lo anterior no afecta a (...), entre otras, una actividad neutral de motor de búsqueda de contenidos". Tampoco afectará a quienes "enlacen ocasionalmente a contenidos de terceros" -un claro guiño a los blogs y redes sociales-, aunque ésto último no aparece registrado tal cual en el articulado del borrador.
Además, la Sección Segunda podrá actuar "para el retablecimiento de la legalidad" contra prestadores "que, directa o indirectamente, actúen con ánimo de lucro, o hayan causado o sean susceptibles de causar un daño patrimonial".
Mayor poder para la 'Comisión Sinde'

El procedimiento de notificación y retirada voluntaria no debería durar más de nueve días: 48 horas como máximo para notificar al infractor (previamente identificado), presentación de alegaciones por parte de éste, se practicará prueba en dos días y las conclusiones de la Sección Segunda se darán a conocer a las partes en un plazo máximo de cinco días.
Si no hay retirada voluntaria de contenidos, la norma prevé 'asfixiar' económicamente a los sitios infractores. El texto prevé que "la sección Segunda podrá requerir la colaboración necesaria de los prestadores de servicion de intermediación, de lo servicios de pagos electrónicos y de publicidad, requiréndoles para que suspendan el servicio que faciliten al prestador infractor", con prioridad a las acciones dirigidas a bloquear su financiación.

De esta manera, el bloqueo del acceso a los sitios web declarados infractores sería una "medida de último recurso, en el caso de ser ineficaces las demás medidas de alcance".

Y además prevé consecuencias para los reincidentes en forma de multa, como infracción administrativa grave, de entre 30.000 y 300.000 euros, por incumplir dos o más veces la retirada de contenidos infractores, o por reanudar la actividad infractora.
Según Carlos Sánchez Almeida, "el texto puede contravenir la normativa europea de protección de datos, de libertad de expresión y de creación de empresa, otorgando a la administración facultades que corresponden en exclusiva al poder judicial". Y añade: "Amenazar con sanciones a empresas de 'hosting' y pasarelas de pago empujará al exilio virtual a buena parte de los emprendedores de la red española, con la consiguiente repercusión en la creación de empleo y riqueza.
Mayor control a las entidades de gestión
Otros puntos importantes en la reforma de la LPI pasan por aumentar el control de las entidades de gestión de derechos de autor, un asunto que las ha puesto en pie de guerra.

El texto plantea la obligación de control de las cuentas de las entidades por parte de Cultura aunque, de momento, esa tarea recaería en la Comisión Nacional de la Competencia, algo que critican las entidades.
Aglutinadas bajo el paraguas de Ibercrea, critican además la "falta de una política activa para la creación e implementación de una industria cultural robusta".
Los editores de periódicos, a través de AEDE, se han sumado también a la queja de Ibercrea de no haber sido convocados para consultarles la nueva norma.
Mientras, Carlos S. Almeida ha hecho un llamamiento directamente a los creadores quienes, en su opinión, "deben unirse en un frente común con Internet". "Este proyecto supone un pacto contra natura entre los explotadores de la propiedad intelectual y el poder político, sometiendo por igual a los artistas y a su público", ha afirmado.

'Habrá diálogo y transparencia'

Desde la Secretaría de Estado de Cultura ni confirman ni desmienten los borradores que han ido publicándose a lo lardo de los últimos meses, y recomiendan esperar a que el texto pase por la primera lectura en el Consejo de Ministros, presumiblemente la semana que viene.

"Habrá un periodo de información pública, que puede durar un mes, en un esfuerzo voluntario para mantener el diálogo y la transparencia", comentan, y recuerdan que habrá tiempo para reunirse con las partes interesadas, entidades, asociaciones y cualquier ciudadano que tenga algo que aportar (esto último confirmado de forma expresa y oficial por la Secretaría de Estado de Cultura).

El texto será objeto de un informe (no vinculante) del Consejo de Estado, volverá al Consejo de Ministros para su segunda lectura, y luego deberá pasar por su tramitación parlamentaria. "Quedan meses de tramitación", recuerdan.

2 comentarios:

Carmen Santos Arrarte dijo...

Las leyes no están para “contentar” a algunos sino para regular las relaciones entre todos..
Sería deseable que la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual de la que hacen eco algunos medios españoles, en estos días, viniera acompañada de una claridad meridiana que no diera lugar a interpretaciones fuera del alcance de la literalidad, las leyes se dictan, se acatan y no se deberían buscar interpretaciones posteriores para acomodarla a los intereses de los grupos más influyentes. “Forzar” la interpretación de la Ley nunca fue rentable.
Aclarado esto, la interpretación legal de la reproducción y distribución comercial de los artículos periodísticos firmados por sus creadores-periodistas (los que estampan su firma), actividad, en su día, propia del “press clipping”, parece obviarse por algunos en interés propio, pues esta cuestión se halla aún pendiente, en España, de decisión por parte del Tribunal Supremo.
En el momento actual, se está estudiando una reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que pretende ajustarse a las necesidades de la nueva era digital, ahora bien es IMPERATIVO que este nuevo texto legal se elabore de forma independiente sin obedecer a presiones ó Lobbys externos, para evitar otra reforma a corto plazo.
Si bien es cierto que en varios países de Europa se está llevando a cabo una revisión en materia de derechos de autor en el entorno digital, también es cierto que en los países en los que se van cerrando acuerdos no guardan relación con derechos sino con colaboraciones, excepto en el caso de los alemanes.
Mientras en Francia se trata de la creación de un fondo para la transición de la prensa al entorno digital, en Bélgica acuerdan promover iniciativas comerciales conjuntas, y, en Alemania, debido a las fuertes presiones de los editores éstos han conseguido un proyecto de ley, en el que figura la creación de un nuevo derecho de propiedad intelectual para los editores, cuestión que fue muy criticada pues parecía olvidar el papel y correspondiente derecho de los periodistas que son los creadores de la noticia. El texto ha pasado por la Cámara baja pero aun ha de ser refrendado por la otra Cámara alta en la que al parecer los defensores del texto actual no tienen mayoría.carmen santos arrarte. documentación de medios s.a. marzo 2013

MANUEL MURILLO GARCIA dijo...

Doña Carmen Santos Arrate, muy agradecido por la delicadeza, primero de leer mi blog y aun mas por dejar un buen comentario.
Muy atentamente.
Manuel Murillo Gracia.